Los productores agropecuarios de Mendoza que tuvieron pérdidas en sus propiedades, a causa de las heladas tardías y el granizo con porcentajes superiores al 80%, podrán obtener el certificado de daños desde la página web de la Dirección de Contingencias Climáticas. Este comprobante le permite a los damnificados tramitar los beneficios que contemplan la Ley provincial de Emergencias Agropecuarias 9083 y la Ley nacional Emergencia Agropecuaria 26.509.
La situación de “Emergencia” fue declarada a causa de los efectos que producidos por la dañina «helada negra» del 5 de octubre de 2020 y las tormentas de granizos ocurridas desde principios de octubre al 17 de diciembre inclusive, en áreas productivas del Noreste, Centro y Sur de la provincia de Mendoza.
Para descargar el documento señalado, se debe ingresar al sitio web www.mendoza.gov.ar/contingencias, entrar a “Certificados Daños 2020-2021” y consignar el número de denuncia o número del Registro de Uso permanente de la Tierra (RUT).
Ambas normativas declaran en “Emergencia Agropecuaria” a las propiedades que hayan sufrido daños entre el 50% y el 79%, y en estado de “Desastre Agropecuario” a las propiedades que hayan sufrido daños superiores al 80%, a causa de las heladas tardías ocurridas durante el periodo agrícola 2020/2021.
Los certificados de las propiedades que tengan pérdidas entre 50% y 79% serán emitidos cuando las mermas superen, por los adicionales daños de granizo, el 80%, o bien cuando finalice la campaña de mitigación. No obstante, los entes provinciales que otorgan beneficios para los productores en Emergencia cuentan con los registro de productores afectados de la Dirección de Contingencias Climáticas.
Beneficios
La Ley Provincial de Emergencia Agropecuaria, contempla eximición de pagos de Impuesto Inmobiliario, eximición de pagos al Departamento
General de Irrigación, prórroga en los vencimientos de las cuotas de los créditos otorgados por Mendoza Fiduciaria, descuentos en las facturas de las empresas proveedoras de energía, beneficio de Mendoza Fiduciaria en créditos para que permitan lograr la continuidad de las explotaciones, entro otros beneficios
La Ley Nacional de Emergencia Agropecuaria repara en la suspensión de hasta noventa (90) de juicios y procedimientos administrativos por cobros de acreencias vencidas, asistencia crediticia en el Banco Nación, Asistencia técnica y financiera realizando aportes no reembolsables, prórroga del vencimiento del pago de los impuestos, eximición total o parcial de los impuestos sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta sobre bienes afectados por contingencias, entre otros beneficios.
Fuente: Gobierno de Mendoza