En diciembre de 2021 se publicó el Reglamento UE 2021/2117 que modifica las normas de etiquetado de vinos y vinos aromatizados en la Unión Europea. En la misma ley se determinó un período transitorio de adaptación de 2 años, que concluye el 8 de diciembre de 2023. Para informar a los exportadores de vino argentinos, el Observatorio Vitivinícola Argentino (OVA), publicó un resumen en el cual detalla la lista de aditivos y el formato de la declaración nutricional que deben tener los vinos producidos y etiquetados a partir de esa fecha para ingresar en el bloque.
Durante el año 2015, en la Unión Europea (UE) entró en vigencia una nueva normativa de etiquetado de alimentos, la cual especificaba que las bebidas alcohólicas de más de 1,2% de alcohol no se consideraban un alimento, por lo que quedaban exentas de incluir información nutricional en la etiqueta. Pero ese propio reglamento asentaba la obligación de presentar un informe en el plazo de 3 años estudiando si las etiquetas debían seguir estando exentas de incluir esta información o si debían incluirla total o parcialmente.
Finalmente, el 2 de diciembre de 2021 se publicó el Reglamento UE 2021/2117 que modificó las normas de etiquetado de vinos y vinos aromatizados. El reglamento determinó un período transitorio de adaptación de 2 años, que finaliza en 6 meses, el 8/12/23. De este modo, las etiquetas de los vinos producidos después de esa fecha deben presentar la lista de ingredientes y la información nutricional. Para facilitar el proceso y simplificar la normativa, el etiquetado puede estar parcialmente digitalizado. Sin embargo, seguirá siendo necesario indicar los alérgenos y el valor energético físicamente en la etiqueta.
Las bebidas de origen vitivinícola que hayan sido sometidas a un tratamiento de desalcoholización reduciendo el grado alcohólico volumétrico final adquirido a menos de 10% v/v, deberán indicar una fecha de duración mínima del producto (a consumir preferentemente antes de…). En cuanto al resto de los vinos, a continuación se detallan los elementos centrales a tener en cuenta.
¿Qué aditivos están sujetos a ser explicitados en el etiquetado?
El Reglamento (UE) 2019/934 clasifica como aditivos las siguientes sustancias:
- Correctores de acidez: ácido tartárico, ácido málico*, ácido láctico, sulfato de calcio, ácido cítrico.
- Conservantes y antioxidantes: dióxido de azufre, bisulfito de potasio, metabisulfito de potasio, sorbato de potasio*, lisozima*, ácido ascórbico, dicarbonato de dimetilo (DMDC)*.
- Estabilizantes: ácido cítrico, ácido metatartárico, goma arábiga, manoproteínas de levadura, carboximetilcelulosa (CMC)*, poliaspartato de potasio*, ácido fumárico*.
- Gases y gases de envasado: argón, nitrógeno, dióxido de carbono.
- Otras prácticas: resina de pino carrasco, caramelo*.
Los aditivos con la mención * no están autorizados en la clasificación de vinos Ecológico.
Alternativas físicas
- A los correctores de acidez: resinas catiónicas*, tratamientos con electromembranas*.
- A los conservantes y antioxidantes: pasteurización flash, microfiltración tangencial, calentamiento. (campos eléctricos pulsados (PEF) y UV-C, técnicas aún no autorizadas).
- Estabilizantes: electrodiálisis*, resinas catiónicas*, estabilización por frío con o sin bitartrato de potasio*.
- Prácticas enológicas preventivas incluyendo la bioprotección.
Aún no se saben las consecuencias de esta nueva normativa en el comportamiento de compra del consumidor. Si bien se retrasó la aprobación de la normativa por la presión de la industria del alcohol, los cambios ya están en marcha y marcarían un antes y un después en la relación del vino con el consumidor.
En Argentina, España, Italia, Grecia y Portugal está prohibida la práctica enológica de la chaptalización, esto es, el aumento del grado alcohólico del vino de forma artificial mediante la adición de azúcar durante la fase de fermentación, fenómeno que no ocurre en Francia y Alemania. A través de esta nueva normativa los consumidores van a poder conocer qué vinos han sido elaborados con el agregado de azúcar previo a la fermentación.
Ya hace unos años en algunos países han existido casos de etiquetado con información de ingredientes voluntaria, como se aprecia en la etiqueta de la siguiente bodega en Estados Unidos.
La tendencia a nivel mundial es aumentar la transparencia en la industria alimentaria para que los consumidores tomen decisiones de compra a partir de ello. Es importante anticiparse a ello y ver estos cambios como oportunidades de mejora, en este caso de la calidad del vino, explican finalmente desde el Observatorio Vitivinícola Argentino.