Mediante un decreto publicado hoy 16/12/2025, el gobierno de la provincia de Mendoza dispuso el envío de esos recursos al Fondo de la Transformación y el Crecimiento, organismo encargado de asistir financieramente a los productores, industrializadores y comercializadores vinculados a la actividad productiva vitivinícola en su lucha contra la dañina plaga del insecto lobesia botrana.
El gobierno de Mendoza oficializó el envío de fondos a distintos organismos para que afronten todos los gastos necesarios y otorguen toda la asistencia financiera que requieran los productores, a efectos de completar el programa de lucha contra la lobesia botrana o polilla de la vid. Así, se cumple con la ley provincial Nº 9343 que, en 2021, prorrogó la vigencia del Programa de Control y Erradicación de la Plaga que instrumenta en el campo el Instituto de Calidad y Sanidad Agropecuaria Mendoza (Iscamen).
Los fondos han sido dispuestos para adquirir y distribuir fitosanitarios, adquirir los difusores de feromonas que controlan biológicamente al insecto y realizar aplicaciones aéreas sobre unas 70.000 hectáreas de viñedos pertenecientes a unos 9.000 productores vitivinícolas de la provincia.
La Lobesia botrana o polilla de la vid es un insecto cuyo alimento principal es la vid, donde desarrolla su ciclo de vida de manera completa, pasando por los estados de huevo, larva o gusano, pupa o crisálida y adulto en cada generación.
Las larvas se alimentan de las flores o de los granos causando el daño. La primera generación de la temporada ataca a los grupos de flores (inflorescencias) cubriéndolos además con hilos de seda. Las restantes generaciones, provocan daños en las uvas en formación y en los frutos ya desarrollados. En nuestro país, la plaga tiene cuatro generaciones.
Produce daños directos provocando pérdidas en los volúmenes de producción, menor rendimiento por planta y afectando la calidad de la fruta tanto para consumo en fresco como para vinificación. Asimismo, favorece el ataque de diversos hongos patógenos que provocan la podredumbre del racimo. En uva para vinificar, los residuos que dejan estos hongos transmiten mal olor y sabor a los vinos (daños indirectos). Además de los daños productivos y de calidad, esta plaga causa importantes perjuicios económicos a través de las regulaciones que imponen los países importadores en el comercio internacional.
El decreto de asignación de los fondos
A continuación replicamos el texto completo del decreto publicado hoy 16/12/2025 en el Boletín Oficial de Mendoza:
«MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
«Decreto Nº 2787
«Visto el expediente EX-2025-09859474-GDEMZA-SDCONTA#MEIYE, en el cual se tramita un aporte al Fideicomiso de Administración y Asistencia Financiera Vitivinícola de la Provincia de Mendoza a efectos de afrontar la lucha contra la plaga Lobesia Botrana; y Considerando:
«Que mediante Ley Nº 7992 y modificatorias se aprobó el contrato de “Fideicomiso de Administración y Asistencia Financiera Vitivinícola 2009” entre la Provincia de Mendoza, la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento de la Provincia de Mendoza y MENDOZA FIDUCIARIA SOCIEDAD ANÓNIMA, con la finalidad de asistir financieramente a los productores, industrializadores y comercializadores vinculados a la actividad productiva vitivinícola y/o agroindustrial de la Provincia;
«Que por Decreto Nº 1318/17 se aprueba la Adenda al Fideicomiso de Administración y Asistencia Financiera Vitivinícola de la Provincia de Mendoza con el objeto, entre otros, de brindar asistencia financiera a establecimientos elaboradores de vino y/o mosto sulfitado y/o establecimientos concentradores y/o exportadores de este último producto, para la adquisición de uva, vino y/o mosto sulfitado a personas físicas o jurídicas con emprendimientos radicados dentro del territorio de la Provincia de Mendoza;
«Que en Orden 2 del expediente de referencia, se solicita tramitar un aporte al Fideicomiso de
Administración y Asistencia Financiera Vitivinícola, por la suma de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS DIEZ MILLONES ($5.810.000.000), para ser destinado al Programa de Control y Erradicación de la plaga Lobesia Botrana en la Provincia de Mendoza;
«Que el Fiduciario tiene capacidad para suscribir convenios de colaboración con distintas entidades públicas y/o privadas a efecto de llevar la manda fiduciaria con la asistencia técnica requerida (cláusula 7.6 del contrato de Fideicomiso);
«Que la manda permite llevar a cabo todas las acciones y contrataciones tendientes a favorecer la estabilidad de stock vínicos en Mendoza, con una finalidad eminentemente social, sin asegurar resultado financiero alguno. (Cláusula 7.10. del contrato de Fideicomiso);
«Que la Ley Nº 9343 prorrogó la vigencia del Programa de Control y Erradicación de la Plaga de la Lobesia Botrana en la Provincia, siendo autoridad de aplicación el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMEN) para el período 2021/2022 y en su artículo 5 estableció: “PERÍODO DE APLICACIÓN Y PREVISIONES PARA FUTURAS CAMPAÑAS. La presente Ley tendrá como objetivo principal la provisión de recursos financieros para poder ejecutar las acciones de control previstas únicamente durante la temporada productiva 2021/2022 debiendo arbitrarse mediante otras normativas y/o vías administrativas los recursos necesarios para afrontar futuras campañas de lucha contra Lobesia Botrana”;
«Que el Programa se encuentra enmarcado en las facultades propias del Ministerio de Producción, conforme lo establece el Artículo 15 de la Ley 9501;
«Que en Orden 6 se encuentra el Visto Bueno de la Directora General de Administración y en
orden 02 el Visto Bueno del Ministro de Producción;
«Por ello, conforme lo establece el Artículo 52 de la Ley Nº 9601, Artículo 24 del Decreto Acuerdo Nº 811/2025 y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción,
«EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
«Artículo 1° – Otórguese un aporte al FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN Y ASISTENCIA FINANCIERA VITIVINÍCOLA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, para implementar medidas sanitarias en el marco del Programa de lucha contra la Plaga Lobesia Botrana 2025/2026, de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS DIEZ MILLONES ($5.810.000.000).
«Artículo 2° – El gasto que demande lo dispuesto por el presente decreto será atendido por Tesorería General de la Provincia con cargo a la Cuenta General C97001 52401 000 U.G.G. C00001 del Presupuesto vigente Ejercicio 2025.
«Artículo 3º – Comuníquese lo dispuesto por el presente decreto a “MENDOZA FIDUCIARIA SOCIEDAD ANÓNIMA” en carácter de Fiduciario del FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN Y ASISTENCIA FINANCIERA VITIVINÍCOLA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA.
«Artículo 4º – El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Producción y de Hacienda y Finanzas.
«Artículo 5° – Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.»
«Firman:
LIC. ALFREDO V. CORNEJO
LIC. RODOLFO VARGAS
LIC. VICTOR FAYAD«












