Tras gestiones conjuntas llevadas a cabo por la Corporación Vitivinícola Argentina (Coviar), el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) y los gobiernos de las provincias vitivinícolas, los principales productos de la cadena vitivinícola de Argentina fueron incluidos en la lista de actividades y rubros que pueden acceder y ser beneficiados por el programa de asistencia para sostener la producción y el empleo durante la crisis por el coronavirus.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de Argentina dio a conocer el 6/5/20 un nuevo listado de actividades, rubros y productos que pueden acceder a la ayuda financiera estatal. En el caso puntual de la cadena vitivinícola, todas las empresas vinculadas a la elaboración de vinos, fabricación de mosto, preparado de jugos naturales y sus concentrados a base de frutas, en este caso la uva, y también la producción de pasas, pueden desde ahora solicitar asistencia y ser beneficiados con los programas vigentes a nivel nacional para el sostenimiento del empleo y la producción.
Desde aquí se pueden descargar el listado completo con las actividades incluidas.
El 17 de abril pasado la Coviar solicitó a Nación la inclusión de toda la cadena vitivinícola al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción, de acuerdo con el Decreto N° 332/20. Presentación que oportunamente elevó al Ministerio de Desarrollo Productivo, bajo el Expediente N° EX-2020-26454187-APN-JGM.
A ese pedido institucional se sumaron oportunamente los gobiernos de las provincias vitivinícolas y el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), cuya dirigencia planteó también las consecuencias de la actual crisis sanitaria sobre la producción y comercialización de toda la cadena vitivinícola, apoyando la inclusión del sector en los planes nacionales de sostenimiento del empleo y la producción vigentes.
A su turno, agrupaciones cooperativas de productores, como la mendocina Asociación de Viñateros del Este, también solicitaron asistencia a las autoridades estatales. Estos productores con sede en San Martín enviaron, con fecha 24/4/20, una carta al ministro de Desarrollo Productivo de la Nación, Matías Kulfas, solicitando «la inclusión de la vitivinicultura en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción creado, modificado y perfeccionado por los decretos de necesidad y urgencia número 332/2020, 347/2020 y 376/2020. Las actividades específicas que proponemos incluir son: cultivo de vid para vinificar; cultivo de uva de mesa y pasas; elaboración de mosto; elaboración y fraccionamiento de vinos».
Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción
Este programa fue creado mediante el Decreto 332/2020 (B.O. 01/04/2020) y modificado por el Decreto 376/2020 (B.O. 21/04/2020), en el marco del DNU 260 (B.O. 12/03/2020), para dar alivio económico inmediato a aquellas empresas y trabajadores afectados directamente por la caída de la actividad económica luego de las medidas de contingencia implementadas durante la Emergencia Sanitaria. Surge como un esfuerzo del Estado Nacional para mantener los procesos productivos del país y garantizar el sostenimiento del empleo en las actividades económicas más severamente afectadas por la crisis sanitaria.
Entre otros beneficios, el Programa contempla la posibilidad de:
- Postergar el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino, instruyendo a la AFIP a disponer vencimientos especiales para las obligaciones devengadas durante los meses de marzo y abril del 2020, así como facilidades para el pago de las mismas.
- Reducir en hasta 95% el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino devengadas durante el mes de abril de 2020, pudiendo prorrogarse por la Jefatura de Gabinete de Ministros.
- Salario Complementario abonado por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado.
- Crédito a Tasa Cero para personas adheridas al Monotributo y para trabajadoras y trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Banco Central de la República Argentina con subsidio del 100% del costo financiero total.
- Sistema integral de prestaciones por desempleo: los trabajadores y las trabajadoras que reúnan los requisitos previstos en las Leyes Nros. 24.013 y 25.371 accederán a una prestación económica por desempleo.
Para acceder al beneficio, las empresas deberán acreditar:
- Que su actividad económica es una de las más afectadas por la emergencia sanitaria.
- Que después del 12 de marzo de 2020 registraron una reducción sustancial en su nivel de ventas.
Asimismo, las empresas deberán comprometerse a no disminuir su planta de trabajadores registrados al 29 de febrero de 2020.
Se encuentran excluidas de este beneficio las empresas que realizan las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria y que se encuentran exceptuados del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, así como también todas aquellas que no exterioricen indicios concretos que permitan inferir una disminución representativa de su nivel de actividad.
Para acceder a los beneficios los empleadores deberán registrarse en el servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Con relación a los créditos a tasa cero, los beneficiarios deberán gestionar la solicitud entre el 4 y 19 de mayo a través del servicio “web” denominado “Créditos Tasa Cero” de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Ver programa completo: Programa de asistencia de emergencia al trabajo y la producción
Fuentes: Coviar y Gobierno de Argentina