Mediante la Resolución 25/2025 del 30/6/25 se facilita la tramitación rápida de productos de la industria vitivinícola identificados con una Indicación Geográfica (IG), estableciéndose que para gestionar esa caracterización basta con llenar el Formulario de Movimiento, a través del Sistema de Declaraciones Juradas del organismo. También, mediante otra Resolución, la 26/2025, se convalidaron los límites mínimos de tenor alcohólico real para los vinos de Buenos Aires, Córdoba, La Rioja, Catamarca, Salta y Valles Calchaquíes.

A través de la Resolución Nº 25/2025, el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) simplificó la tramitación de productos identificados con una Indicación Geográfica (IG) porque, según se especifica en el correspondiente comunicado, «resulta conveniente disminuir los trámites que a la fecha se estiman innecesarios».
Las declaraciones juradas efectuadas por los inscriptos durante el proceso de elaboración, junto con el avance de los sistemas informáticos del INV, permiten lograr un seguimiento de la trazabilidad del producto e identificar el origen de la materia prima utilizada.
Por este motivo, la certificación de la IG mediante la presentación del Formulario de Movimiento, a través del Sistema de Declaraciones Juradas del organismo, puede considerarse como la solicitud de derecho a uso de una IG.
Convalidación de tenor alcohólico
Por otra parte, en la misma fecha se divulgó la Resolución 26/2025, por la cual el el INV convalida los límites mínimos de tenor alcohólico real para los vinos y Vinos Regionales, elaboración 2025, unificados con remanentes de elaboración 2024 y anteriores, que fueran notificados y liberados en tiempo y forma por la Dirección Nacional de Fiscalización del INV con cargo al expediente, de los establecimientos ubicados en las zonas de origen Buenos Aires, Córdoba, La Rioja, Catamarca, Salta y Valles Calchaquíes.