Desde el 1 de enero de 2020, en Brasil rige una nueva normativa para ingresar vinos a ese país: hay que llenar un formulario asegurando que el producto enviado no tiene ningún endulzante que no provenga de la uva. En Argentina, el Instituto Nacional de Vitivinicultura es el organismo encargado de chequear ese requisito.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento de la República Federativa del Brasil, a través de la Instrucción Normativa 14/2018, modificada por Instrucción Normativa N° 48/2018, estableció las determinaciones y unidades de medida correspondientes que deben contener los Análisis de Exportación con destino a ese país.
Entre los parámetros analíticos previstos en las normas brasileñas específicas se encuentra la ausencia de “Edulcorantes no permitidos”.
Por ello, y teniendo en cuenta la necesidad de agilizar la tramitación para que los industriales puedan comercializar sus productos a dicho destino, el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) de Argentina dispuso que, al gestionar el análisis de exportación, los exportadores deberán adjuntar a la solicitud para el «Análisis de Aptitud Exportación» (Formulario Nº 1691) una nota, con carácter de Declaración Jurada, cuyo modelo puede verse en el link del INV al final de esta nota.
Los Análisis de Exportación a Brasil deberán tramitarse sólo para ese destino. Y es el INV el encargado de dar conocimiento de la circular a los industriales del sector vitivinícola, cuyo link se puede ver a continuación:
Declaración jurada de ausencia de edulcorantes no permitidos: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/circular_no_if-2019-112153507-apn-ddinv_-_normativa_de_mapa_sobre_edulcorante_no_provenientes_de_la_uva_en_vino.pdf
Fuente: Instituto Nacional de Vitivinicultura