En un fallo inédito y que sienta precedente, la Justicia civil de Mendoza ordenó que el ex intendente de Tunuyán y actual diputado nacional peronista Martín Aveiro, en conjunto con la propia comuna del Valle de Uco, indemnicen a la ex reina de la Vendimia de Campo de los Andes, Yamila Escudero, quien fue discriminada en 2014 cuando le negaron la posibilidad de participar de una fiesta distrital por estar embarazada.
Tras un juicio que duró 10 años, Yamila Estefanía Escudero, la ex reina vendimial del distrito Campo de los Andes, Tunuyán, fue beneficiada con un fallo histórico que le otorga una millonaria indemnización -$8.000.000 más intereses- y reconoce que le inflingieron daño moral, a la par que exige la modificación de reglamentos discriminatorios para postularse a Reina de la Vendimia en Mendoza.
Este fallo afirma que excluir a una reina por embarazo es violencia institucional y discriminación, como fue el caso de Yamila, que fue apartada de su rol de reina distrital por estar embarazada de 8 meses, lo que derivó en el juicio.
En 2014 Yamila, con 18 años, estaba en el octavo mes de gestación cuando fue marginada de la fiesta distrital de Campo Los Andes, en la que había sido coronada reina el año anterior. Además de la indemnización por daño moral, que deberán asumir el ex intendente Martín Aveiro y el municipio de Tunuyán, el juez ordenó eliminar del reglamento vendimial el requisito de ser soltera, sin conviviente y sin hijos. El fallo del Tercer Tribunal de Gestión Asociada estableció que Yamila deberá recibir –por daño moral- la suma de $8.000.000, cifra que con intereses por el tiempo transcurrido desde el hecho a la salida del fallo se transformará en más de $12 millones.

El fallo establece que, al impedirle participar de la fiesta distrital “las autoridades municipales incurrieron en una arbitrariedad meramente fáctica, sin sustento en el reglamento”. Y agrega: «La exclusión fue un acto indebidamente discriminatorio e ilegítimo que no encuadra en ninguna reglamentación. Entonces las autoridades municipales, discriminaron arbitrariamente a Escudero por su condición de mujer embarazada. Fue ostensiblemente arbitraria e inconstitucional: ninguna restricción existía que impidiera a Escudero participar de la fiesta”.
Finalmente, el juez Gustavo Boullaude dictaminó: “Los hechos de Aveiro constituyeron violaciones a la Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”.
Fuente: Diario Los Andes











