Desde un nutrido grupo de organizaciones de la industria vitivinícola argentina, en conjunción con los ministros de Producción de 8 provincias argentinas -excepto Mendoza, cuyo ministro del área, Rodolfo Vargas Arizu, se anticipó con el mismo pedido en una misiva directa un día antes-, le enviaron una carta al ministro de Economía de Argentina, Luis Caputo, solicitándole que revea la medida que deroga la norma de fiscalización del INV para controlar el ingreso de uva a las bodegas y la declaración jurada anual de elaboración de vinos, por considerar que esas regulaciones son básicas para garantizar la legitimidad y calidad de los vinos en el país, así como para evitar falsificaciones que puedan implicar riesgos para la salud de los consumidores.
«Mendoza, 28 de noviembre de 2025. Sr. Ministro de Economía de la Nación, Lic. Luis Andrés Caputo:
Los Sres. Ministros del área de Producción de las Provincias vitivinícolas, conjuntamente con los representantes del sector vitivinícola argentino que suscriben la presente, en concordancia con la nota enviada precedentemente por el Ministerio de Producción de Mendoza, se dirigen al Sr. Ministro de Economía de la Nación a los efectos de manifestar que apoyan todas aquellas reformas que vayan dirigidas a la eficacia, desburocratización, simplificación y agilización en el control y fiscalización de la
vitivinicultura, siempre que garanticen a los consumidores la calidad, genuinidad y aptitud para el consumo de los productos vitivinícolas y se respeten los derechos de propiedad de quienes participan en la cadena de valor.
«Concordantemente con ello, expresamos nuestra profunda preocupación por los efectos derivados de la desregulación del Digesto normativo previsto en la Resolución INV 37/2025, en tanto dicha medida impacta directamente en la trazabilidad integral de la industria vitivinícola, un sistema que el sector ha construido y perfeccionado durante muchos años y que constituye la base para garantizar transparencia, control y seguridad en todos los eslabones de la cadena.
«En este marco, consideramos indispensable reafirmar la importancia esencial de dos instrumentos históricos, estructurales y complementarios del sistema de control vitivinícola: La Declaración Jurada de Ingreso de Uva (CIU) y la Declaración Jurada Anual de Elaboración (CEC 05), junto con su Anexo de Terceros. La Declaración Jurada de Ingreso de Uva (CIU) ha sido, durante décadas, la piedra angular del ordenamiento de la producción primaria. Es la única constancia fehaciente que certifica con reconocimiento bilateral el ingreso real de la uva al lagar, detallando peso, variedad y condiciones de entrega. Su obligatoriedad ha garantizado transparencia, previsibilidad y seguridad jurídica, especialmente para los productores que elaboran bajo el régimen de maquila, quienes dependen de este instrumento para acreditar la propiedad efectiva de su materia prima.

«La Declaración Jurada Anual de Elaboración (CEC 05), con su Anexo de Terceros, constituye el documento que da continuidad y validez administrativa a la información consignada en el CIU, registrando de manera precisa los volúmenes elaborados y las titularidades correspondientes. Este formulario es esencial para identificar correctamente la producción de terceros, asegurar su disponibilidad y respaldar documentalmente sus derechos, evitando conflictos y fortaleciendo la transparencia de sistema.
«Ambos instrumentos -CIU y CEC 05- conforman la base del sistema nacional de control, registro y verificación del INV. Más aún, son la columna vertebral de la trazabilidad vitivinícola, entendida como la capacidad de reconstruir con precisión y confiabilidad el recorrido completo de la uva y sus derivados desde el viñedo hasta el consumidor final. La trazabilidad es un requisito indispensable para:
- «Garantizar la calidad, autenticidad y genuinidad de los productos vitivinícolas;
- Resguardar la propiedad y la participación real de cada actor en la cadena;
- Sostener la integridad estadística del INV, herramienta estratégica para la toma
de decisiones públicas y privadas; - Mantener estándares internacionales de control, identificación y registro;
- Brindar confianza plena a los consumidores y mercados, tanto internos como
externos.
«La eliminación del CIU y la ausencia del CEC 05 debilitan gravemente este sistema integral, fragmentan la trazabilidad y generan incertidumbre, afectando la seguridad jurídica de miles de productores y el funcionamiento ordenado de la cadena vitivinícola.
«Por todo lo expuesto, se considera indispensable asegurar la plena continuidad del CIU y del CEC 05 como herramientas esenciales para garantizar una trazabilidad completa, verificable y jurídicamente sólida en toda la cadena vitivinícola, desde el productor hasta el consumidor, preservando la transparencia, la confianza y la integridad en cada uno de sus eslabones.
«Sin otro particular, lo saludamos muy atentamente.
Firmantes:
-Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable de Salta, Martín de los Ríos Plaza
-Ministro de Producción y Ambiente de La Rioja, Ernesto Pérez
-Ministro de Desarrollo Productivo de Catamarca, Leonardo Zeballos
-Ministro de Desarrollo Económico y Producción de Jujuy, Juan Carlos Abud Robles
-Ministro de Desarrollo Económico de Entre Ríos, Guillermo Bernaudo
-Ministro de Desarrollo Económico y Productivo de Río Negro, Carlos Banacloy
-Ministro de Producción de Chubut, Juan Pavón
-Ministra de Producción de La Pampa, Fernanda González
-Unión Vitivinícola Argentina (UVA), José Alberto Zucccardi
-Asociación de Cooperativas Vitivinícolas (Acovi), Fabián Ruggeri
-Federación de Cámaras Vitícolas de la República Argentina, Pablo Asens
-Cámara de Fabricantes y Exportadores de Jugo Concentrado de Uva (Cafem), Martín Materia
-Cámara Vitivinícola de San Juan, Gustavo Samper
-Cámara de Productores vitícolas San Juan, José Molina
-Asociación de Viñateros de Mendoz (AVM), Eduardo Córdoba
-Cámara Argentina de Vinos a Granel, José Bartolucci
-Cámara Riojana de Productores Agropecuarios (Carpa), Mario H. González«










