El Instituto Nacional de Vitivinicultura emitió hoy 14/11/25 un comunicado con el objetivo de resumir los principales cambios en las normativas según la Resolución 37/25, publicada en el Boletín Oficial el 7/11/. Este dictamen, junto al 35/2025 del 6/10/25, derogaron en total 973 normas en el lapso de un mes. Según la entidad, todos los controles sobre la aptitud para consumo y adulteración del vino siguen siendo obligatorios, de la misma manera que lo eran hasta ahora. Lo que cambia es el «enfoque» de los controles.
A continuación transcribimos el comunicado publicado por el Instituto Nacional de Vitivinicultura hoy 14/11 sobre los cambios a partir de la Resolución 37/2025.
«Todos los controles sobre la aptitud para consumo y adulteración del vino siguen siendo obligatorios, de la misma manera que lo eran hasta ahora, lo que cambia es el enfoque de los mismos. Antes la entidad controlaba cada etapa de la cadena productiva, verificando en cada etapa no sólo aspectos de aptitud para el consumo sino también muchos otros de calidad y trazabilidad, ahora el organismo va enfocarse en lo que realmente importa, que es que el producto embotellado que se va a destinar al mercado no sea nocivo.
Argentina tiene plantadas 200 mil hectáreas de vid mientras que Chile tiene plantadas 117 mil ha, es decir , Chile tiene 41% menos de superficie plantada que Argentina. Sin embargo, cuando miramos la producción en litros de ambos países, nos encontramos con que ambos producen el mismo volumen de vino, que son unos 900 millones de litros al año. Dado que los rendimientos de la vid son similares entre ambos países, este fenómeno es explicado porque en Argentina hay viñedos con capacidad ociosa o directamente abandonados, cuya producción no se está utilizando porque a sus dueños no les son rentables.
Con esta medida, a partir de la baja de costos y la reducción de burocracia, esperamos poder revertir esta situación y que muchos de esos viñedos hoy improductivos vuelvan a activarse.
La magnitud de la reforma es clara: en 2024 el INV emitió 140.000 permisos de tránsito y realizó más de 3.000 inspecciones a bodegas, muchas de ellas innecesarias. Para tomar noción de lo sobredimensionado de este régimen, existen registros de empresas que recibían una inspección cada 2 días.«
El comunicado de la entidad continúa con un resumen de los cambios claves, según se detalla:
Resumen
- Controles obligatorios: verificación de aptitud para el consumo y detección de adulteración de productos vitivinícolas.
- Controles optativos: trazabilidad (origen, añada y varietal) según necesidades comerciales de cada productor.
Cambios clave para productores y bodegas
- Registro de viñedos:
- Se elimina la obligación de declarar datos operativos irrelevantes (p. ej., cantidad y modelo de tractores, método de cosecha, técnicas de riego).
- Los datos relevantes se tomarán del Rensapa (Senasa).
- Ingreso de uva a bodega (CIU):
- El CIU se reemplaza por la Certificación de cosecha, optativa para quienes deseen trazabilidad comercial.
- El productor podrá elegir la frecuencia de presentación: por camión, semanal, mensual o anual.
- Fiscalizaciones en planta:
- Se eliminan las inspecciones presenciales del INV dentro de bodegas orientadas a control de stocks, etapas del proceso y estados del producto antes de su terminación.
- Declaraciones mensuales de elaboración:
- Se elimina la obligación de informar litros elaborados mensualmente (antes utilizados para control de stock).
- Traslados de vino a granel:
- Se eliminan los permisos de traslado.
- Libre circulación:
- Se mantiene como único trámite obligatorio para comercializar productos vitivinícolas, a fin de verificar la aptitud para consumo.
- Etiquetado y marcas:
- Los productores ya no deberán esperar la aprobación previa de modelo de etiqueta por parte del INV.
- No se exige el registro de marca en INPI como condición previa ante el INV.











