La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de Argentina informó que el Departamento de Medio Ambiente, Alimentación y Asuntos Rurales (Defra) de Gran Bretaña publicó el 2/7/25 la aprobación oficial de los términos tradicionales de los vinos argentinos “Gran Reserva”, “Reserva”, “Vino Dulce Natural”, “Generoso” y “Crianza”, homologación que constituye un logro importante para potenciar el posicionamiento e inserción internacional de nuestros productos en el mercado externo.

La aprobación de las caracterizaciones tradicionales del vino argentino sobre tiempo de guarda, calidad, condiciones organolépticas y origen por parte de Gran Bretaña se produce en el marco de la estrategia que lleva adelante el gobierno de Argentina con varios países, para agregar valor y potenciar las exportaciones agroindustriales nacionales.
La aprobación en Gran Bretaña de estas expresiones tradicionales es el resultado de años de trabajo continuo y consistente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca conjuntamente con el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) y la Cancillería Argentina. Representa la culminación de un proceso que se inició ante la Unión Europea (UE), buscando el reconocimiento y la protección de estos términos tan arraigados en la tradición vitivinícola argentina.
Luego de la salida de Gran Bretaña de la Unión Europea, nuevas gestiones se realizaron con este país, un mercado clave para el sector vitivinícola argentino, dado que representa anualmente más de 100 millones de dólares en exportaciones de vino y equivale al 15% del total de vinos exportados por Argentina al mundo.
La obtención de este reconocimiento no sólo refuerza la posición de Argentina como un productor de vinos de clase mundial, sino que también brinda herramientas fundamentales para combatir el uso indebido de estos términos (asegurando que sólo los vinos que cumplan con los estándares de calidad y origen establecidos puedan utilizarlos) sino que también posibilita afianzar la reputación de los vinos nacionales.
Ahora los productos argentinos podrán utilizar dichos términos tradicionales, salvaguardando la identidad y calidad de los vinos, con el consecuente beneficio económico para los exportadores, quienes podrán posicionar sus productos, en igualdad de condiciones con productos de otros orígenes, en uno de los mercados más competitivos y relevantes para nuestras exportaciones.
Cuáles son las características para cada término
Gran Reserva: Elaborado con uvas autorizadas, con una carga mínima de 140 kg por 100 L de vino. La crianza mínima, para tintos, es de 24 meses a partir de la estabilidad enológica; y para los blancos y rosados, un mínimo 12 meses.
Reserva: Elaborado con uvas autorizadas, mínimo 135 kg por 100 L. Los vinos tintos deben tener un mínimo de 12 meses de crianza en contacto con la madera (barrica) y luego un período en botella, mientras que los vinos blancos y rosados requieren un mínimo de 6 meses en barrica.
Crianza: Para los vinos tintos, el período mínimo de crianza es de 24 meses, con al menos 6 meses en barrica. Para los vinos blancos y rosados, el tiempo mínimo de crianza es de 18 meses, con al menos 6 meses en barrica.
Generoso: es aquel cuya graduación alcohólica adquirida se obtiene mediante la adición de alcohol vínico durante su elaboración. Estos vinos, también conocidos como fortificados, se caracterizan por tener una graduación alcohólica superior a la de los vinos comunes, generalmente entre 15º y 23º. Además, si un vino generoso contiene más de 5 gramos por litro de azúcar residual, se considera un vino generoso de licor.
Vino Dulce Natural: un vino dulce natural es aquel producto obtenido por la fermentación parcial de uvas maduras o mosto de uva, donde la fermentación se detiene mediante procesos físicos, resultando en un contenido alcohólico no inferior a 5 grados y un remanente de azúcares naturales provenientes de la alta madurez de la uva.