El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) anunció que a partir del 22 de febrero, el movimiento de uva cuyo destino sea la vinificación se deberá realizar con el correspondiente Documento de Tránsito Vegetal electrónico (DTV-e). Desde la resolución de su obligatoriedad en 2015 y hasta ahora, sólo se había exigido para uva con destino a consumo en fresco y algunos traslados de uva para vinificar. Se trata del único documento válido para amparar el tránsito de productos, subproductos y derivados de origen vegetal, nacionales o importados, incluidos en el ámbito de aplicación de la norma.
El DTV-e es un documento conjunto entre AFIP y Senasa que sustituye al remito, guía o documento equivalente y al Documento de Tránsito Sanitario Vegetal (DTV). Permite verificar la trazabilidad de la carga, es decir, conocer todos los procesos y sitios por los que ha pasado la uva (establecimientos productivos, empaques, sitios de almacenamiento, industrias y mercados).
En la Argentina, la producción anual de vid sobrepasa las 2.400.000 toneladas y la mayor parte (más del 96%) tiene como destino la vinificación. En este sentido, el DTV-e constituye una herramienta fundamental para minimizar los riesgos de dispersión de plagas de vegetales a partir del movimiento de productos, subproductos y derivados de origen vegetal durante su tránsito.
El DTV-e es una herramienta fundamental para minimizar los riesgos de dispersión de plagas tener registro de trazabilidad de la uva y todos sus derivados.
Dicho documento deberá acompañar la carga de vid en todo momento, desde que sale de la finca productiva hasta que llega a la bodega, y podrá ser exigido por las autoridades oficiales en los controles que se realicen en las rutas de todo el territorio nacional.
Video instructivo del Senasa para tramitar el DTV-e para la vid
El uso del DTV-e es obligatorio a partir de la Resolución N° 31/2015 del Senasa
El DTV-e se emite en forma gratuita por autogestión desde la web de la AFIP ingresando al servicio Sistema Integrado de Gestión del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal (SIGDTV). Para operar en dicho sistema, los productores necesitan tener sus establecimientos inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Senasa y realizar la actualización de datos, que es anual y obligatoria.
Se debe generar siempre en forma previa al traslado del/de producto/s, subproducto/s y derivado/s de origen vegetal, acompañando la carga desde el origen o procedencia hasta el arribo a destino, en todo su trayecto. No está permitida la emisión del DTV-e en destino, porque esa maniobra invalidaría todo el proceso.
Para obtener más información, escribir a: dtv@senasa.gob.ar o ingresar aquí.
Fuente: Gobierno de la Nación Argentina