El juez Pablo Oscar Quirós, titular del Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza, hizo lugar a un recurso de amparo presentado hace 10 días en conjunto por la Unión Vitivinícola Argentina, la Asociación de Viñateros de Mendoza, la Asociación de Cooperativas Vitivinícolas Argentinas y la Cámara de Productores Agrícolas. El fallo ordena al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) restablecer la vigencia del denominado Certificado de Ingreso de Uva (CIU) de manera provisoria durante los próximos 5 meses, lo que garantiza que ese instrumento legal reclamado por los productores primarios seguirá siendo obligatorio -en lugar de optativo, como lo establecía un decreto anterior del INV- tanto para las bodegas como para los viñateros, otorgando previsibilidad a la próxima vendimia, a días de comenzar.
El fallo del juez federal Pablo Quirós dispone restablecer, de manera cautelar y provisoria durante 5 meses, la obligatoriedad del Certificado de Ingreso de Uva (CIU) a las bodegas, postergando así la medida más resistida de un paquete de 973 normas desrregulatorias dispuesto por el Instituto Nacional de Vitivinicultura entre octubre y noviembre de 2025. En concreto, se ordena mantener la norma vigente respecto al CIU antes de los cambios realizados por el decreto 37/2025 del Ministerio de Desrregulación de Argentina, a fines de noviembre pasado.
La resolución del juez Quirós constituye un revés para Federico Sturzenegger, ministro de Desrregulación de la Nación, cuya actitud de no revisar la norma del CIU antes de la presentación judicial de las entidades vitivinícolas fue calificada de «tozudez» por altos funcionarios de varias provincias vitivinícolas, entre ellos por el gobernador de Mendoza Alfredo Cornejo y por el ministro de Producción de esta provincia, Rodolfo Vargas Arizu.
Hacer lugar a la medida cautelar incoada por la Asociación de Viñateros de Mendoza, la Unión Vitivinícola Argentina, la Asociación de Cooperativas Vitivinícolas Argentinas y la Cámara de Productores Agrícolas, por el plazo de cinco (5) meses a contar de la notificación de la presente (artículo 5° de la ley 26.854) o hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión ventilada en estos actuados, lo que suceda primero…».
TEXTUAL DEL FALLO del juez federal Pablo Oscar Quirós
Matías Manzanares, secretario de la Asociación de Viñateros de Mendoza -una de las cuatro entidades vitivinícolas que presentaron la acción de amparo-, manifestó que, sin embargo, la resolución judicial no impacta sobre la situación de fondo, aunque resulta determinante por el momento en que se produce, a pocos días del inicio de la vendimia en Argentina. «El juez se pronunció a favor de la obligatoriedad del CIU -expresó el dirigente-; nos apremiaba porque está por empezar la cosecha y había indefinición respecto de la obligación”, dijo Manzanares. Y agregó: «La certeza sobre la cantidad de uva entregada y negociada resulta indispensable en un sector caracterizado por la estacionalidad, el carácter perecedero de la materia prima y una histórica asimetría en las relaciones comerciales.»
El dirigente vitivinícola de San Martín, Mendoza, consideró: «Gracias a Dios la Justicia le ha dado la razón no sólo a las cuatro entidades que presentamos el recurso de amparo, sino a toda la vitivinicultura del país, porque la necesidad de matener el CIU se le planteó a Sturzenegger en la Rural, a través de cartas de los ministros de Producción de Mendoza y San Juan, a través de una nota que firmaron el noventa por ciento de las entidades vitivinícolas del país, por dirigentes de diez provincias vitivinícolas… Si el ministro nos hubiera dado crédito, no habríamos llegado a esta instancia judicial… Pero al menos nos aseguramos que durante esta próxima cosecha el CIU va a seguir siendo obligatorio».
Impacto legal del CIU
El fallo también pone en valor el papel del Certificado de Ingreso de Uva a las bodegas como una herramienta para el cálculo de los aportes previsionales de los empleadores, y advierte que su eliminación puede afectar el financiamiento del sistema de seguridad social del trabajador rural. También apunta que en los denominados «contratos de maquila» la identificación exacta de la materia prima ingresada resulta necesaria, dado que la propiedad de la uva permanece para el productor durante el proceso de vinificación.












