La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó hoy lunes 1/6 la medida, que beneficia a más de 25.000 pymes que antes no entraban en el plan por mantener deudas impositivas o previsionales.
La medida, que será implementada por la Aduana, permite que las pymes posterguen los pagos por 15 o 20 días dependiendo de la mercadería. La decisión de la AFIP representa «un alivio financiero» para más de «25.000 pymes exportadoras».
La Resolución General 4728/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial alcanza a las empresas con «deudas impositivas o previsionales, las cuales podrán, en ese plazo, «cancelar esas obligaciones tributarias», informó la AFIP.
Las empresas beneficiadas por esta nueva medida, son las que «hasta ahora no pudieron acceder al plazo de postergación previsto en la normativa por contar con deudas impositivas o previsionales».
Se trata de un beneficio al que anteriormente podían acceder solamente aquellas firmas que no presentaran incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social.
La norma habilita durante 60 días a que esas pymes exportadoras «pospongan el pago de los Derechos de Exportación«. La AFIP precisó además que todas las empresas que quieran acceder a este beneficio deberán «presentar una declaración jurada como garantía».
La medida que entrará en vigor el quinto día hábil posterior a la publicación en el Boletín Oficial estará vigente por el plazo de 60 días y «permite que las pymes posterguen los pagos entre 15 y 120 días, según el tipo de mercadería».
Fuentes: AFIP y Revista Chacras