Ante las dificultades que causa la pandemia, y gracias a que las actividades del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) son consideradas esenciales, el organismo implementó un nuevo sistema que permite cargar las determinaciones y declaraciones juradas exigidas para exportar a un máximo de 10 países, cuando hasta ahora sólo se podía hacer hacia 3 países.
El presidente del INV, Martín Hinojosa dispuso, a fin de facilitar la tramitación de exportaciones durante la presente emergencia sanitaria, modificar la circular Nº 006 del 21 de marzo de 2020, para agilizar el Sistema de Declaraciones Juradas (DDJJ) de Análisis de Exportaciones, ampliándolo de 3 a 10 países como máximo. El sistema, antes y ahora, permite cargar todas las determinaciones requeridas por los países de destino. Al tratarse de un trámite online, se puede realizar durante toda la semana y las 24 horas del día.
Ver nota Enolife del 23/3/2020: El INV implementó un nuevo sistema para la tramitación de las exportaciones – Incluye la circular Nº 006
El personal del INV las recibirá como lo hace habitualmente, verificará que esté completa en cuanto a todas las determinaciones (de rutina y especiales requeridas según país de destino) como así también que los valores consignados se encuentren dentro de las exigencias que establecen esos países de destino. Cumplidas estas verificaciones se clasificará, numerará y arancelará como es de práctica para las DDJJ y finalmente se liberará.
También se informa que la Delegación Mendoza, para facilitar la gestión de los trámites, sumó los lunes para la atención al público para la entrega de documentos de exportación, por lo que se puede concurrir lunes, miércoles y viernes.
El nuevo sistema incluye el siguiente procedimiento:
- El interesado debe solicitar a través del Sistema de DDJJ el Análisis de Exportación con destino como máximo a 10 (10) países. El sistema permite cargar todas las determinaciones, incluyendo las especiales requeridas para cada país. Las mismas deberán ser seleccionadas por el operador en forma manual, garantizando que la totalidad de las determinaciones estén incluidas para evitar que la muestra sea rechazada.
- El personal del INV actuante la recepciona como se hace comúnmente con cualquier declaración jurada, verifica que esté completa en cuanto a todas las determinaciones (de rutina y especiales requeridas según país de destino), como así también que los valores consignados se encuentraran dentro de las exigencias que establecen esos países de destino.
- Cumplidas estas verificaciones, se clasifica, numera y arancela como es de práctica para las DDJJ y finalmente se libera.
- Las determinaciones analíticas especiales, requeridas por los países destinos, están consignadas en el sitio web del INV.
En el caso de exportaciones a la Unión Europea (UE), se debe citar puntualmente el país o los países de destino (máximo 3).
Si bien esta implementación ha sido exitosa, permitiendo la permanente comercialización de los vinos y productos vitivinícolas en el mundo, el INV continúa generando cambios que favorezcan aún más el desarrollo de la industria. Por ello y a fin de agilizar la tramitación de las exportaciones es que a través de la Circular 12-GF/2020 se amplió la cantidad de destinos a diez (10). Esta modificación implica un mayor esfuerzo para el personal del Organismo ya que al ampliar los destinos son mayores los controles que debe realizar, pero ofrece facilidades a los exportadores.
Fuente: INV