A través de la Resolución 33/2025 del 29/9, el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) deja sin efecto los Certificados de Tránsito de los productos vitivinícolas que circulan a granel. En su lugar, la entidad implementa una declaración jurada que permita su traslado de manera sencilla y ágil, disminuyendo la carga burocrática.
Con el objetivo de disminuir la carga burocrática, el INV resolvió eliminar los certificados de tránsito para el traslado de vinos a granel, implementando una declaración jurada sencilla y ágil. De este modo se deroga la Resolución Nº 12 del 29 de marzo de 2019.
«Entiéndase por traslados a los movimientos de productos vitivinícolas entre establecimientos inscriptos como: bodegas, fábricas, plantas de fraccionamiento, destilerías y manipuladores de alcohol etílico, estos 3 últimos en condición de receptores.»
A partir de ahora, y a los efectos de la trazabilidad de los productos vitivinícolas a granel, la comunicación de traslado deberá ser efectuada por el establecimiento remitente al momento del inicio del mismo, indicando la siguiente información: volumen, estado, producto, si está o no homogeneizado y los datos analíticos de alcohol y azúcar.
El establecimiento receptor podrá dar la conformidad del producto trasladado, al momento de su ingreso (parcial o total) y se podrá disponer en forma inmediata, o en un plazo de hasta 30 días corridos del inicio de la comunicación realizada por el remitente. Vencido este plazo, el INV dará recepción en forma automática de los volúmenes, entendiéndose que existe conformidad para esta acción por parte de los intervinientes.
Los establecimientos que comuniquen traslados de productos vínicos y/o mostos propiedad de terceros, deberán presentar la debida autorización de estos. El inscripto podrá solicitar al INV el servicio del control oficial trasvase, a fin de establecer la responsabilidad legal del remitente en caso de una posible observación del producto, en virtud del Artículo 26 de la Ley Nº 14.878. Las infracciones a la nueva resolución, harán pasible al responsable de las sanciones previstas en dicha ley.
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